Punishable insolvency is regulated, inter alia, in Article 260 of the Spanish Penal Code. However, section two thereof contains wording which leads to decisions that contradict the legislature’s intention; this is because the wording implies that the description of the offence includes the solvent debtor.

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La insolvencia punible aparece regulada entre otros artículos del Código Penal en el artículo 260. Analizamos, si bien, el apartado segundo del mismo pues contiene una redacción cuya asunción lleva a la adopción de decisiones que vulneran la idea que el legislador tuvo en su redacción, dado que con la misma el tipo penal llega a incluir al deudor solvente.

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